Introduciendo la democracia para resolver el problema de la deuda
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Fuente: Network Institute for Global Democratization
Katarina Sehm-Patomäki
Jueves 24/11/2005

Desde la perspectiva de los países del Sur, el volumen de la deuda es creciente y genera serios problemas. Sin embargo, la deuda es sólo uno de los mecanismos a través de los cuales el Norte extrae los recursos del Sur. Desde la perspectiva de los acreedores, los contratos crediticios son acuerdos que los facultan a obtener el pago por la suma acordada según un cronograma estipulado y a altas tasas de interés.

Desde una perspectiva mundial, los mecanismos del comercio injusto y la caída de los términos de intercambio han impedido el desarrollo de países con déficit en comparación con países que muestran superávit. El caldo de cultivo para estos mecanismos se fijó en los términos del acuerdo de las Instituciones de Bretton Woods. En ese entonces, y en contraposición a la propuesta realizada por John Maynard Keynes donde el deudor y el acreedor serían ambos igualmente responsables por los déficit y excesos en sus balanzas de pago, los términos del acuerdo establecieron que las deudas constituían únicamente responsabilidad del deudor. La propuesta de Keynes habría estado invitando a un esfuerzo compartido por alcanzar un equilibrio económico mundial mientras que el sistema actual ha creado escenarios donde los deudores no han tenido otra alternativa que la de caer en la trampa de la deuda. De forma esperable, y desde la década de los ’70, la caída de los términos de intercambio [1] se vio combinada con un mecanismo de deuda en espiral. Además, este espiral de la deuda dio una nueva vuelta luego de las recomendaciones de la teoría de la iliquidez en las décadas del ’70 y ’80, la cual sugería que las crisis de la deuda eran solo crisis de pago temporales debido a la falta de medios líquidos a corto plazo. En consecuencia, se alentó a los países en crisis de pago a que tomaran nuevos créditos para pagar sus deudas, dejando finalmente a los gobiernos prestatarios con montañas de deuda. Los mecanismos del comercio injusto, la caída de los términos de intercambio y el espiral de la deuda constituyen una tríada de causas estructurales que han colocado a países y agrupaciones de países en posiciones bastante diferentes en la carrera mundial actual por obtener beneficios económicos.

1. La deuda del Norte

Desde la perspectiva de los países del Sur, la carga de la deuda está aumentando y esto contribuye a provocar situaciones de gravedad. La carga de la deuda, sin embargo, solo constituye una parte de los mecanismos mediante los cuales el Norte extrae riquezas del Sur. Desde el Sur, oímos llamados a que el Norte compense al Sur por la explotación que se remonta a los comienzos del sistema capitalista. Tal como se resume en el editorial de una publicación sobre puntos de vista del Sur en lo referente al problema de la deuda: “Al comienzo fue el mercantilismo, siendo responsable por el exterminio de poblaciones enteras, la esclavitud y el saqueo de riqueza. Luego fue el capitalismo industrial que estableció la época colonialista a costa de numerosas guerras. Los mecanismos actuales de intercambio desigual persiguen los mismos fines.” (Alternatives Sud 2002: 249) También se ha hecho referencia a estos mecanismos actuales como medios de recolonización del Sur (Tandon 2000, ver también Raffer & Singer 2004:54). “No solo se debería luchar por la cancelación de la deuda del Sur, sino también por una compensación por parte del Norte, sobre todo a través de una revisión total de las relaciones económicas entre el Norte y el Sur.” (Alternatives Sud 2002: 249) A modo de componer las relaciones Norte-Sur y crear una base para relaciones más saludables, Yash Tandon y otros han propuesto el establecimiento de una comisión Norte-Sur para la verdad (ver las conclusiones de Rikkilä & Sehm-Patomäki 2002). Una reconciliación a través del proceso justo de una comisión para la verdad podría ser un paso muy útil en el camino hacia la confianza entre las naciones.

Existen otras características específicas con respecto a las culpabilidades sobre las causas de la problemática de la deuda. Los habitantes de países anteriormente dirigidos por dictadores muy activos en el frente de la toma de préstamos – tales como Baby Doc, Bokasa, Mobutu, Pinochet, Somoza y Suharto, quienes utilizaron buena parte o la totalidad de los préstamos que recibieron para consumo en lugar de inversión – no entienden por qué deben hacerse responsables por el repago de estos préstamos dado que, en primer término, nunca se beneficiaron con los mismos. Muchos de estos ejemplos muestran que los acreedores se encontraban bien al tanto del uso real que se pretendía hacer de estos créditos (por numerosos ejemplos de documentos relacionados con avisos previos sobre futuros usos inapropiados de fondos, ver por ejemplo Hertz 2004, Raffer & Singer 2004 y Millet & Toussaint 2004).

2. La deuda del Sur

En síntesis, desde la perspectiva de los acreedores, los contratos crediticios son acuerdos que los facultan a obtener el pago por la suma acordada de acuerdo con el cronograma estipulado y las tasas de interés fijadas. Con respecto a los préstamos concedidos a nivel internacional, y desde la última mitad de la década de los ’80, hay cinco factores en particular que han contribuido al debate sobre las políticas de concesión de préstamos internacionales.

En primer lugar, en la década de los ‘80, Paul Krugman, Jeffery Sachs, Joseph Stiglitz y Oscar Ugarteche se perfilaban como los teóricos principales en embarcarse inicialmente en la teoría sobre la deuda de los países en desarrollo. Joseph Stiglitz desarrolló un nuevo pensamiento sobre la información asimétrica, los problemas del riesgo moral y la selección adversa en los mercados financieros internacionales y en las actividades crediticias en particular. Entre otras cosas, esta investigación sacó a la luz un análisis crítico de las políticas crediticias de las IFIs. El segundo factor es el Plan Brady de 1989, que constituyó la primera iniciativa en aprobar la cancelación de la deuda en lugar de las reestructuraciones de deuda previamente adoptadas. El tercer factor lo constituyó Jeffrey Sachs quien en 1989 fue el primero en sugerir que la reducción de la deuda podría crear incentivos favorables en un país endeudado. En cuarto lugar, siguiendo el camino tomado por Kunibert Raffer, algunos grupos comenzaron a comparar la concesión de préstamos a nivel internacional con los préstamos a nivel nacional, donde la parte prestataria puede declararse en bancarrota y de esta forma ser incapaz de cancelar sus préstamos. El quinto factor es altamente visible y es la amplia movilización de la sociedad civil en torno al tema de la deuda. En primera línea estuvieron las movilizaciones masivas de la sociedad civil en la década de los ’90, culminando en la reunión paralela al G7/8 en Birmingham en mayo de 1998, un fenómeno que se reiteró recientemente en Gleneagles durante la cumbre del G7/8 en el 2005. Según ha sido informado, la campaña de Jubileo 2000 de la década de los ’90 a favor de la cancelación de la deuda del Tercer Mundo reunió unas 24 millones de firmas a nivel mundial. De acuerdo con estimaciones recientes del New York Times, unas 160 millones de personas han participado en algún tipo de actividad relacionada con el problema de la deuda.

En su libro sobre el tema de la deuda, Noreena Hertz cita a Sonny Callahan, congresista conservador de Alabama quien manifiesta que “la cancelación de la deuda sería como tirar más dinero en un agujero de ratas”. Callahan considera que los recursos adicionales solicitados solo estarían alentando al Banco Mundial y a otros a continuar concediendo malos préstamos y dejando que los países pobres tengan que tomar prestado y volver a endeudarse una y otra vez. (Hertz 2004:15) A menudo también se señala que la cancelación de las deudas podría hacer peligrar futuras concesiones de préstamos. Los comentarios realizados por Callahan resumen muchos de los argumentos presentados del lado de los acreedores. En cierta forma, estos argumentos reflejan las causas estructurales subyacentes a los sistemas financieros y económicos mundiales, y quizás también el reconocimiento a la falta de voluntad política para componer los cimientos.

3. Un problema político pero sin mecanismos de participación democrática

Desde las década de los ’70, la sociedad civil ha estado exhortando a la cancelación de las deudas. La problemática de la deuda apareció en la agenda política en el año 1982. Si bien la caída en falta de pago de Polonia en 1981 fue ya en ese entonces una gran sacudida, recién el año siguiente cuando México se declara incapaz de cumplir con sus obligaciones de deuda es que se marca tradicionalmente como el comienzo de la crisis de la deuda (Raffer y Singer 2004:158). Desde fines de la década del ’90, el problema de la deuda ha estado presente en la agenda de las reuniones anuales del G7/8. Actualmente, casi un cuarto de siglo después, y a pesar de numerosos programas de alivio de la deuda, se continúa con el mismo sistema de administración de la deuda. Durante el mismo período de tiempo, la carga de la deuda real de los países en desarrollo ha aumentado en el entorno de 2,5 a 3 veces. Solo en intereses, las sumas pagadas a las Instituciones Financieras Internacionales (IFIs), acreedores públicos y privados es seis veces mayor a la que se adeudada en 1985. El hecho de que los montos otorgados en pago a los acreedores excedan las deudas (cifras de 1985) al tiempo que simultáneamente el stock de la deuda continúa aumentando revelan que el problema de la deuda no puede considerarse exclusivamente como un problema económico. Por el contrario, las organizaciones y movimientos de la sociedad civil consideran que el problema de la deuda de los países en desarrollo es más que nada un problema político.

Hasta el momento, los diferentes programas de alivio de la deuda y otras iniciativas que se han llevado adelante (Club de Roma & Londres, Plan Baker, Términos de Venecia, Plan Brady, Términos de Toronto, programa para Países Pobres Muy Endeudados, PPME, Documentos de Estrategia de Lucha contra la Pobreza, DELP) han sido todos iniciados y controlados por los acreedores. Estas iniciativas no han conducido a reducir las cargas de la deuda, sino todo lo contrario. La carga total de la deuda de los países en desarrollo está en continuo crecimiento y esta tendencia no ha logrado ser revertida. Tal como fue señalado por Jürgen Kaiser en ese entonces de Jubileo Alemania en una reunión sobre arbitraje de la deuda organizada en el otoño de 2004 por el Foro Africano sobre Deuda y Desarrollo (Afrodad), en Lusaka, Zambia, en base al reciente análisis del Banco Mundial sobre la iniciativa PPME, queda claro que los países pobres endeudados tendrán que tomar nuevos préstamos para poder cubrir los costos de su servicio de la deuda. Desde el punto de vista de las instituciones financieras internacionales, esto significa que las instituciones continúan “echando la soga tras el caldero” con la vana esperanza – o escasas convicciones – de recibir alguna vez el pago por los créditos originales.

En contraposición al fracaso de los programas de alivio de la deuda en lo que respecta a reducir las cargas de la misma, las iniciativas que han contado con motivaciones políticas (frente a las económicas) son las que en última instancia han llevado a disminuir las cargas de los préstamos en países individuales. El primer ejemplo de este tipo de iniciativas exitosas en lo referente a la reducción de la deuda incluye el caso de Alemania en 1953 frente a los temores de que el tratado de Versalles que siguió a la primera guerra mundial hubiera conducido a la ascensión de Hitler y una reiteración de este escenario se consideraba como ampliamente indeseable – dado que debía reducirse el riesgo de que pudiera resurgir el nazismo. En segundo lugar, al nuevo régimen indonesio de Suharto en 1969 se le otorgó una reducción de la deuda muy similar a la del caso alemán, y dado que Indonesia se encontraba sustancialmente endeudada con gobiernos comunistas, esta demanda también fue de gran importancia política (Raffer 2001:31). En tercer lugar, en 1980, se redujeron las deudas de Polonia con la esperanza de sofocar así al socialismo y en cuarto lugar, en 1991, se disminuyeron las deudas de Egipto en agradecimiento al apoyo de este país durante la primera guerra en Irak. El ejemplo más reciente es por supuesto el caso de Irak, cuando se redujeron sus deudas luego del establecimiento del nuevo régimen en el año 2004.

El hecho de que las iniciativas a la fecha hayan estado controladas por los acreedores está reñido con los principios del estado de derecho. Aquí estos principios implican iguales posibilidades de participación e influencia para todas las partes, al tiempo que se presume que no existen relaciones de dependencia asimétrica entre los países o grupos de países. El estado de derecho constituye un prerrequisito de la democracia. La aplicación del estado de derecho estaría en efecto otorgando una franquicia a los deudores. Una de las pocas propuestas presentadas por parte de deudores fue la idea de un Club de Deudores lanzada por Cuba en 1982. Esta idea fracasó debido al inicio de nuevos procesos de negociación poco tiempo después, ofreciendo un falso destello de esperanza con respecto a futuros cambios positivos (Hernández Pedraza 2002:32). Tampoco ayuda que los artículos del Club de París (el grupo de acreedores soberanos al que debe acudir un país para negociar la reprogramación de la deuda) le nieguen explícitamente a los países prestatarios el derecho a negociar en grupo.

En lugar de otorgar el necesario alivio de la deuda, lo cual podría abrir posibilidades de cambios estructurales en la economía mundial, las iniciativas de alivio de la deuda hasta el momento han traído consigo dos conjuntos principales de problemas. En primer lugar, el alivio de la deuda se otorga únicamente con posterioridad a la implementación de ciertas medidas en materia de política según lo requerido por los acreedores (la denominada “condicionalidad”). Si se lo considera desde un punto de vista democrático, la participación externa en la toma de decisiones políticas a nivel nacional es un asunto problemático. Esto hace peligrar los procesos nacionales de democratización donde los votantes eligen a sus propios representantes para la toma de decisiones de acuerdo con su política. Un segundo conjunto de problemas con respecto a las propuestas para el alivio de la deuda se refiere a la idea de que la inyección de grandes sumas de dinero hacia los acreedores constituye una compensación por los créditos perdidos (propuestas por parte del G8, la propuesta de vender las reservas de oro del FMI). La mayor parte de los créditos adeudados por los países en desarrollo cuentan con pocas perspectivas de poder ser pagados alguna vez. En caso de que se otorgaran grandes sumas de dinero a las IFIs en compensación por los préstamos (por los cuales de todas formas nunca recibirían el pago) es posible que utilizaran estos fondos para hacer lo que los términos de su acuerdo las obligan a hacer: utilizar el dinero para nuevos préstamos en el futuro. No se perciben nuevos vientos que señalen que los futuros préstamos podrían estar llegando con menos condicionalidad. Además, este proceso no estaría permitiendo en ningún momento cuestionar la precisión y responsabilidad de las políticas implementadas por las IFIs, a lo cual especialmente los movimientos y actores de la sociedad civil del Sur se refieren con insistencia. Por ejemplo, contrariamente a lo que sucede en la mayoría de los países de mediano ingreso en América Latina donde la deuda se compone principalmente de deudas privadas, las deudas de los países del continente africano corresponden primordialmente a préstamos oficiales (Birdsall et al 2004: 61), o en otras palabras, exactamente el tipo de préstamos otorgados y administrados por las IFIs. En suma, las políticas crediticias deben volver a ser visitadas dado que la concesión de futuros préstamos constituye un importante instrumento de política.

4. El arbitraje de la deuda como medio para introducir la democracia a nivel internacional

En 1987, Kunibert Raffer fue el primero en sugerir que el Capítulo 9 de la Ley de Insolvencia del Código de los Estados Unidos podría ser aplicado a las deudas internacionales. El Capítulo 9 es un “procedimiento para resolver la insolvencia de un organismo rector, una municipalidad, sin llegar a violar o debilitar su poder gubernamental. Al aplicarse sobre países soberanos, la ley no estaría violando la soberanía del estado”. Al explicar la esencia de un Proceso de Arbitraje Justo y Transparente, Kunibert Raffer cita al Secretario General de la ONU Kofi Annan, quien para describir el papel de la ONU en el siglo XXI sugirió un “proceso de arbitraje sobre la deuda que equilibre los intereses de los acreedores y la soberanía de los deudores e introduzca mayor disciplina en sus relaciones”.

Se pueden mencionar dos ejemplos particulares de situaciones favorables similares al arbitraje de la deuda que tuvieron lugar con posterioridad a la Segunda Guerra Mundial; el Acuerdo de Londres con Alemania y la solución para Indonesia en 1969. En ambos casos se redujeron aproximadamente a la mitad los valores actuales de las deudas mantenidas por estos países. En el caso de Alemania, en 1953 un banquero alemán contaba con autoridad de facto de árbitro dado que los acreedores estaban dispuestos a seguir sus opiniones. Esta experiencia alemana sugiere que el arbitraje sobre la deuda no implicaría la interrupción de la concesión de préstamos a nivel internacional para los países involucrados en un proceso de arbitraje. Otro ejemplo es Indonesia donde se le otorgó autoridad de facto como árbitro a un banquero alemán. (Raffer 2001: 30-31)

Sin embargo, no todos se sienten a gusto con el arbitraje sobre la deuda, principalmente debido a que esto se ve como la función de declararse uno mismo (el país en cuestión) insolvente, lo cual a su vez se percibe como una humillación. Las organizaciones que no apoyan el arbitraje sobre la deuda (Jubileo Sur, por ejemplo, uno de los frutos del movimiento Jubileo 2000), hablan a favor de la cancelación de la deuda – y punto. Aquellos que proponen procesos/mecanismos de arbitraje sobre la deuda se contraponen a las demandas por la cancelación inmediata de la deuda diciendo que la cancelación también debe tener lugar como resultado de algún tipo de proceso y mediante algún tipo de mecanismo. Demandar la cancelación de deudas impagables significa demandarle esto a una entidad independiente facultada para decidir. (Raffer 2001:21).

La designación de una entidad independiente para decidir sobre lo que está bien o lo que está mal se asemeja a la iniciativa de establecer una comisión Norte-Sur para la verdad. Forsberg y Teivainen han examinado comisiones para la verdad y concluyen su investigación expresando que “el arbitraje sobre la deuda podría de hecho constituir un asunto sobre el cual consideraciones en materia de perdón o reconciliación al estilo de una comisión para la verdad podrían estar desempeñando un papel”. Sin embargo, señalan que dadas las actuales relaciones de poder, no sorprendería que algunos de los movimientos sociales radicales expresaran sus dudas acerca de la propuesta de arbitraje de la deuda de los países en desarrollo. (Forsberg & Teivainen 2004:28)

A modo de evitar el uso del término sensible “insolvencia” al discutir el tema del arbitraje, las organizaciones de la sociedad civil han comenzado a sustituir el término arbitraje de la deuda con el de “Proceso de Arbitraje Justo y Transparente “ (FTAP, por sus siglas en inglés). El FTAP podría llevarse a cabo como un mecanismo ad hoc, accesible e inmediato. En una primera instancia, el FTAP debería ser independiente, lo cual implica que a modo de mantenerse imparcial, no debería ser administrado a través de ninguna de las actuales instituciones internacionales y ciertamente tampoco a través de las IFIs. Una vez que las deudas de los países pobres – o una mayoría de las mismas – hubieran sido arbitradas, el FTAP podría transformarse en un Mecanismo de Arbitraje Justo y Transparente (FTAM, por sus siglas en inglés) pudiéndose establecer de forma permanente dentro del sistema de la ONU por ejemplo (siendo una alternativa la CNUDMI, Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional). Debido al actual juego de poder en la ONU, no sería sin embargo aconsejable lanzar el proceso desde dentro de la ONU. A su vez, un proceso de arbitraje de deuda exitoso podría abrir nuevas posibilidades para una reforma de la ONU y otros procesos de transformación (por una discusión más detallada ver Patomäki & Teivainen 2004).

Las leyes de insolvencia civilizadas se aplican prácticamente a todos los deudores con excepción de los países en desarrollo. Por lo tanto, los países en desarrollo deberían exigir la presencia de una institución neutral que asegurara soluciones justas (Raffer 2001:14). Dado que no resulta posible garantizar la imparcialidad de los tribunales nacionales, ya sea localizados dentro de un país deudor o acreedor, se debe establecer un tribunal neutral de arbitraje para que sea posible llevar adelante los procedimientos del Capítulo 9 de forma justa y equitativa, sin ningún tipo de extralimitación por sutil que esta fuera. El modelo del Capítulo 9 podría ser implementado a nivel internacional como un marco ordenado para determinar qué parte de las deudas podrían realmente llegar a pagar los deudores insolventes. Este es el único procedimiento que protege los poderes gubernamentales, y de esta forma resulta aplicable a deudores soberanos (Raffer 2003:2). El mismo podría ser implementado rápidamente y sería justo para con todas las partes interesadas, evitándole costos innecesarios a los deudores o a la comunidad internacional (Raffer 2003:5). Además todos los deudores deberían someterse al arbitraje [2]. La inclusión de todas las partes es importante debido a que un gran porcentaje de las deudas corresponde a deudas públicas, es decir créditos otorgados por las IFIs. El someter los créditos otorgados por las IFIs a arbitraje, significaría también otorgarle un carácter político a las políticas crediticias de las IFIs. Las políticas de las IFIs de esta forma estarían llamadas a hacerse responsables. Reconociendo las dificultades políticas para lograr que las Instituciones de Bretton Woods (el FMI y el Grupo del Banco Mundial) participen en un proceso de arbitraje, una forma de desarrollar el proceso de arbitraje sobre la deuda podría ser asociarlo con el desarrollo de otras formas de financiamiento alternativo.

Tal como se mencionó anteriormente, el Capítulo 9 brinda un marco a la insolvencia para determinar cuáles deudas puede realmente pagar el deudor. Además, existen ciertas deudas que se perciben como ilegítimas y que el deudor considera que no se deben pagar. Un lineamiento está dado por el concepto de las deudas odiosas, que existe como doctrina en el derecho internacional. Este precedente legal (que se remota a más de 100 atrás cuando Estados Unidos capturó a Cuba del dominio español) se convirtió en ley en 1923 y podría permitir la cancelación de dichas deudas mediante acuerdo internacional. Las deudas odiosas son deudas incurridas por los regímenes dictatoriales en su beneficio propio y contra los intereses de la población de un país, sin su consentimiento y con pleno conocimiento por parte del acreedor (King et al.). Tres elementos básicos salen a la luz a raíz de la definición de las deudas ilegítimas: la falta de consentimiento, la ausencia de beneficio y el conocimiento por parte del acreedor acerca de la forma en que está siendo incurrida la deuda. En este caso, la carga del servicio de la deuda se impone sobre las personas por parte de regímenes en colusión con los proveedores de préstamos en medio de una discreción absoluta. (Lungu 2004:17) Si el proceso de arbitraje dictamina que una deuda es odiosa, esta no debería pagarse. Este podría ser el caso, por ejemplo, de préstamos otorgados deliberadamente a dictadores, cuyo historial en materia de utilización de créditos sugiriera que nunca se había pretendido que los nuevos préstamos fueran destinados al pueblo. Estos préstamos han sido otorgados generalmente por razones políticas a cambio de lealtad y apoyo. En la actualidad, los préstamos se mantienen como una reminiscencia de la Guerra Fría.

5. Lanzamiento del proceso de arbitraje de la deuda en la práctica

Como es de práctica usual en el derecho internacional, cada parte debe designar el mismo número de personas, quienes, a su vez, eligen un miembro más para llegar a un número impar. Uno de los árbitros es elegido como presidente por mayoría simple, o, de ser deseado por el deudor y los acreedores, por mayoría calificada. Este constituye el mismo tipo de organismo neutral de arbitraje establecido por el Acuerdo de Londres, el cual redujo la carga de la deuda alemana en 1953. (Raffer 2001:22) Las IFIs, tal como el FMI o el BIRF, no pueden considerarse como imparciales y neutrales dado que ambos están controlados por una mayoría de estados acreedores y acreedores por su propio derecho. Todos los reclamos deben ser verificados préstamo por préstamo al comienzo, como se realiza de forma rutinaria en cualquier caso de insolvencia interna. (Raffer 2001:23) Los préstamos otorgados por las IFIs también serían sometidos a arbitraje. El proceso podría iniciarse luego de la identificación de cierto crédito y una vez que el deudor y el acreedor hubieran acordado presentar sus reclamos ante el árbitro. Actualmente, la mayor parte de las organizaciones de la sociedad civil están trabajando para poner este proceso en marcha.

Los obstáculos para poner un proceso de arbitraje en marcha son de carácter político, y más precisamente, son los acreedores mismos los que constituyen el principal obstáculo. Resulta difícil tentar a los acreedores para que se suban a bordo, obligándose así a cumplir con los resultados. Políticamente, el primer paso es el más complicado y una vez que las primeras deudas fueran arbitradas, podría ser más fácil arbitrar las que siguieran a continuación.

Paralelamente y mientras tanto, se podría promover que los nuevos préstamos incluyeran una cláusula, explicitando que una vez firmados los mismos se encuentran sometidos a arbitraje.

6. Arbitraje como prevención de nueva crisis de la deuda

Al comienzo hice referencia a la caída de los términos de intercambio como una de las causas estructurales que derivan en el problema de la deuda. La tarea de regulación de precios en los mercados de productos básicos (la principal actividad exportadora de los países en desarrollo) fue dejada fuera del marco de las instituciones internacionales. En consecuencia y de forma alarmante, la Conferencia de Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo (UNCTAD) pronostica en sus últimos informes que se producirán nuevas crisis de la deuda en el transcurso de los próximos cinco años, en caso de que las tasas de interés no aumenten previamente. De producirse una suba en las tasas de interés, entonces las crisis serían más profundas y pronunciadas. El proceso de caída de precios de los productos básicos y la deuda acumulada hacen que la ecuación de la economía sostenible sea difícil de resolver. Frente a las causas estructurales detrás del problema de la deuda y los pronósticos de UNCTAD, el resolver el problema de la deuda se ha vuelto ahora una medida preventiva a escala mundial. Otras medidas y mecanismos deberían entonces ser introducidos, especialmente en lo que respecta a la regulación de precios en los mercados de productos básicos. El lanzamiento inmediato del proceso de arbitraje de la deuda podría estar marcando la diferencia.

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Una versión resumida de este documento se publicó en finlandés en Kehitysmaiden velkakriisi tänään [Situación actual de la crisis de la deuda en los países en desarrollo], editado por Teppo Eskelinen, 2005, Attacry, Finlandia, ver http://www.attac.fi/velkatanaan, y en inglés en NIGD News & Notes, ver http://www.nigd.org


Fuentes:

- Birdsall, Nancy, Stijn Claessend y Ishac Diwan (1994): Policy Selectivity Forgone: Debt and Donor Behavious in Africa, en Addison, Tony, Henrik Hansen y Finn Tarp (2004): Debt Relief for Poor Countries, Studies in Development Economics and Policy Series, Palgrave, en asociación con UNU-WIDER, Houndmills, Basinstoke, Hampshire y Nueva York, p.61

- Forsberg, Tuomas y Teivo Teivainen (2004): Past Injustice in World Politics – Prospects of Truth-Commission-Like Global Institutions, Crisis Management Initiative, Oficina del Presidente Ahtisaari, Helsinki, http://www.cmi.fi/?content=publications, acceso el 15 de julio de 2005

- Hernandez Pedraze, Gladys Cecilia (2002): La dette externe du tiers Monde: nouvelles initiatives ou vielles recettes? En: Raisons et déraisons de la dette. Le point de vue du Sud. Alternatives Sud Vol. IX (2002), n 2-3, l’Harmattan, Louvain-la-Neuve

- Hertz, Noreena (2004): I.O.U. The Debt Threat and Why We Must Defuse It, Fourth Estate, Londres

- King, Jeff, y Ashfag Khalfan, y Bryan Thomas Advancing the Doctrine of Odious Debts

- Lungu, Joseph (2004) The Case for the Establishment of a Fair and Transparent Arbitration on Debt, Documento de Discusión de Afrodad presentado en Lusaka, Zambia en septiembre de 2004

- Millet, Damien, y Eric Toussaint (2004) Who Owes Who? 50 Questions about World Debt, Zed Books, Londres y Nueva York

- Patomäki, Heikki y Teivo Teivainen (2004): A Possible World – Democratic Transformations of Global Institutions, Zed Books, Londres & Nueva York

- Raffer, Kunibert (2001): Solving Sovereign Debt Overhang, http://www.jahrbuch2002.studien-von-zeitfragen.net/Weltfinanz/RAFFER_1/raffer_11.HTM

- Raffer, Kunibert y H.W.Singer (2004): The Economic North-South Divide: Six Decades of Unequal Development. E Edgar, Cheltenham

- Rikkilä, Leena y Katarina Sehm-Patomäki (2002): From a Global Market Place to Political Spaces, Documento de Trabajo de NIGD, 2002

Notas:

[1] Por más información sobre la caída de términos de intercambio, ver por ejemplo los Informes sobre Comercio y Desarrollo de la UNCTAD. En este trabajo consulté principalmente las ediciones del año 2004.
[2] Por ejemplo, el Mecanismo de Reestructuración de la Deuda Soberana, SDRM, modelo construido parcialmente sobre arbitraje por parte del FMI el cual exonera a las instituciones multilaterales y es evasivo en torno a los miembros del Club de París. (Raffer 2003:2)

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